Mayordomía

Cargo del Mayordomo: Está obligado a la administración de todos los bienes de la Hermandad.

Procurará firmar y contratar de forma definitiva con tiempo suficiente todos los servicios complementarios de la salida procesional del Viernes Santo y de la Virgen del Rosario, tales como música, flores, cera, etc.

Cuidará por el buen estado de todas las dependencias de la Hermandad, Templo, Casa Hermandad, Panteón, etc.

Llevará libro de entrada y salida e inventario de los bienes de la Hermandad al día, anotando las altas y bajas que se produzcan.

No podrá enajenar ni prestar o ceder objeto propiedad de la Hermandad, sin acuerdo de la Junta de Gobierno.

Al tomar posesión de su cargo, recibirá del mayordomo saliente y en presencia del Rector, fiscal y secretario, todos los bienes de la Hermandad, levantando acta de entrega.

Deberá dar el visto bueno de todas las cuentas de la Hermandad.

Constituirá una comisión junto con el mayordomo II, los priostes y el promotor de cultos que se encargará de plantear y preparar los cultos, siguiendo la liturgia de la Iglesia y la tradición de la Hermandad, debiendo informar a la Junta de Gobierno de su organización y desarrollo.