Caridad y obras asistenciales

Del Diputado de Caridad y Obras Asistenciales: Se ocupará de todo lo concerniente a la obra de asistencia, encargándose de su organización.

Presidirá en ausencia del Rector las reuniones que se celebren a este respecto y estará en contacto con Cáritas Interparroquial.

Creará una comisión con miembros de la Junta de Gobierno y de fuera de ella, que bajo su supervisión y con el visto bueno de misma Junta participará en las tareas propias de la caridad y asistencia a los hermanos.

Estará receptivo a todas aquellas posibles necesidades que se puedan plantear, principalmente dentro de la Hermandad, aunque también de las que plantee la Iglesia parroquial, local o diocesana.

Procurará atender las peticiones de auxilio que se formulen, procurando que estas cuenten con la más amplia información.

Será el encargado de todo lo relacionado con los panteones familiares que la hermandad posee en el cementerio municipal de esta Villa, así como de ponerse en contacto con los organismos municipales para que las inhumaciones y exhumaciones de los restos de los hermanos difuntos se lleven a efectos sin inconvenientes, siempre con la confirmación del secretario. Estará presente en estos actos siendo asistido en todas estas labores por los priostes. Con el visto bueno del Mayordomo I.

SOBRE EL EJERCICIO DE LA CARIDAD EN EL SENO DE LA HERMANDAD

La Hermandad cuidará por medio de su Junta de Gobierno de atender las necesidades, tanto espirituales como materiales de todos los hermanos necesitados de ellos.

Para este fin, el Diputado de Caridad y obras asistenciales, estará encargado de estudiar con la colaboración de una comisión creada al efecto, la situación de cada hermano y promover, caso necesario, la solución o remedio pertinente, con el visto bueno de la Junta de Gobierno.

Por ello, se recomienda a los hermanos que se encuentren en situación grave, la comunicación con cristiana y fraternal libertad a la Hermandad. Al mismo tiempo, todos los hermanos están obligados a actuar como mediadores en estos casos.

Cuando tenga conocimiento el diputado de Caridad y por extensión, la Junta de Gobierno, que algún hermano se encuentra gravemente enfermo, procurará visitarlo prestándole apoyo en las necesidades, tanto espirituales como materiales, haciéndole ver que el Santísimo Cristo de San Pedro con la poderosa mediación de su Santísima Madre en sus advocaciones de las Angustias y del Rosario, le concederán lo que más le conviniere.

Los recursos económicos destinados para este fin, serán los siguientes:

– Al menos, el cinco por ciento de la cuota ordinaria de hermanos.

– cuotas extraordinarias destinadas a este fin.

– Donativos recibidos exclusivamente para este menester.

Una vez fijados los recursos económicos destinados a este fin la Junta de Gobierno destinará la cantidad que estime oportuno para Cáritas interparroquial.

El diputado de Caridad y sus colaboradores, estarán en contacto con Cáritas interparroquial, de manera que sea a través de este organismo por donde se canalicen estas ayudas, a ser posible.

El diputado de Caridad y sus colaboradores, procurarán visitar a los hermanos que se encuentren enfermos e impedidos, sobre todo los ancianos.

También en caso de fallecimiento, se procederá como viene siendo costumbre, auxiliando espiritualmente a la familia del hermano fallecido, así como aquellas normas que dicten estas reglas.