Panteón de la Hermandad

panteonesCristo-mbernal-1405La Hermandad del Cristo, gracias a Doña Desamparados Salvador Barrera va a hacerse con unos terrenos.

Esta Señora había comprado al Ayuntamiento 20 metros en el Cementerio por 200 pesetas en el año 1914, esta Mujer se los cedió y como no eran suficientes el 6 de Enero de 1924 adquirió 15 metros más por el precio de 450 pesetas al Ayuntamiento.

Se construyeron 80 Nichos y a partir de 1926 se enterraron algunos hermanos en la Cripta del Familiar.

Se rifó una Mula valorada en 1250 pesetas que habían regalado a la Hermandad y cuyo Sorteo fue el 1 de diciembre de 1927 coincidiendo con el Premio de Navidad.

La Rifa resultó ser un fracaso, por lo que los responsables de la misma, Mayordomo y Secretario presentaron su Dimisión.

Siendo sustituidos por Manuel López Osuna y Pedro Martínez Carmona.

El Nuevo Mayordomo emprendió las Obras buscando el compromiso con los Hermanos, los cuales respondieron con generosidad, donando y transportando Cargas de ladrillos, de Cal, de Arena o colaborando con dinero.

De forma tan generosa se terminó el año 1929, a la falta del Retablo de Cerámica con la figura del Cristo, Obra realizada en Sevilla 10 años más tarde, 1939, siendo Rector Manuel Espina Romero.

Para la colocación del mismo se ofreció el Hermano y Albañil Enrique Márquez.

SOBRE EL PANTEÓN DE LA HERMANDAD

 La Hermandad, fiel a ejercer la caridad y las obras de misericordia entre sus hermanos tiene construidos en propiedad tres panteones en el Cementerio de Marchena, para enterrar a sus hermanos fallecidos.

Los enterramientos de los hermanos se harán bajo las siguientes condiciones:

  1. Se ocuparán todos los huecos por el número correlativo de su numeración, sin que se pueda alterar dicho orden.
  2. Las exhumaciones se harán por la Hermandad pasando los restos a su osario, si la familia no dispusiera lo contrario, en presencia de un miembro de la Junta de Gobierno. A la familia interesada, se le comunicará con antelación por si desea concurrir a tal acto.
  3. Si tras hacer las gestiones oportunas no se supiera del paradero de la familia, la Hermandad procedería a su exhumación.
  4. Las lápidas serán todas iguales, con el escudo de la Hermandad, no permitiéndose distinción en grabados y epitafios que no sean los que se determinen.
  5. Los familiares de los difuntos podrán adornar el altar con luces y flores, no permitiéndose hacerlo delante de cada hueco, siendo la Hermandad quién se encargará de este cometido de forma igualitaria.
  6. Los restos de los hermanos fallecidos que no se hallen enterrados en el Panteón, al ser exhumados pueden pasar al osario de la Hermandad, siendo los gastos que se originen por cuenta de la familia.
  7. Podrán ser enterrados en dichos panteones, todos los hermanos y consortes que se encuentren al corriente de sus cuotas, tal como determinan las presentes reglas. No pudiéndose dar sepultura en ninguno de sus huecos a fallecidos que no sean hermanos, aunque por ello ofrezcan pago o limosnas, siendo responsable de ello el Mayordomo I.