Tesorería

Cargo Del Tesorero: Su principal obligación será llevar la contabilidad de la Hermandad.

Recaudará todos los ingresos de ésta, tanto de cuotas, limosnas, donativos y cepillos, así como cualquier otro tipo de ingresos, que ésta recibiere.

Depositará todos los fondos sujetos a su custodia en una Entidad bancaria, en forma de cuenta corriente, la cual estará abierta a nombre de la Hermandad con firma del Rector, Mayordomo y Tesorero.

Cubrirá los asientos de entrada y salida del libro de cuentas.

Con el Mayordomo I se encargará del control de la cobranza de las cuotas de la Hermandad.

 Estará presente, en unión del Mayordomo I, en la apertura de los cepillos, en la recogida de limosna de cera, Viernes Santo, Domingo de Resurrección,… firmando con aquel conjuntamente recibo de las cantidades extraídas de los mismos.

Facilitará a la Junta de Gobierno, cuando así se le requiera, informe del estado económico de la Hermandad.

En el Cabildo Ordinario de Cuentas, rendirá cuenta de los ingresos y gastos habidos durante el ejercicio económico, con los correspondientes justificantes.

Los libros contables y sus comprobantes de pagos quedarán expuestos en la Secretaría de la Hermandad, durante diez días antes de la celebración del Cabildo.